Ingreso del proyecto ejecutivo
Es el trámite que deben realizar las cooperativas sorteadas o adjudicadas directamente por tercer sorteo para presentar su proyecto ejecutivo.
Es el trámite que deben realizar las cooperativas sorteadas o adjudicadas directamente por tercer sorteo para presentar su proyecto ejecutivo.
Es el trámite que deben realizar las cooperativas con anteproyecto aprobado que no resultaron favorecidas en el sorteo, y que tampoco hayan sido adjudicadas por haber participado en tres sorteos consecutivos sin haber sido seleccionadas, a fin de poder participar nuevamente en el siguiente sorteo.
Se trata de la presentación del anteproyecto de una cooperativa, de acuerdo al calendario dispuesto por resolución ministerial del MVOT.
Es un servicio opcional de tasación de terrenos dirigida a cooperativas de vivienda que vayan a ingresar factibilidad de terreno en la ANV, que tiene un costo de 7 UR por tasación.
Es el trámite que se debe realizar en la ANV para determinar si un terreno es apto para la construcción de una cooperativa de acuerdo a los reglamentos del MVOT.
Es el trámite previo que se debe realizar en la ANV para poder presentar la solicitud de factibilidad de terreno, etapa en la cual se determina si un terreno es apto para la construcción de una cooperativa. Esta etapa tiene como objetivo que el representante legal de un IAT pueda seleccionar las cooperativas que ingresarán solicitudes de factibilidad de terreno para un período determinado y completar información referente a los terrenos correspondientes.
Se trata de un trámite que deben realizar las cooperativas que alcanzan un avance de obra acumulado igual o superior al 99%.
Se trata del registro de parte de las cooperativas, los Institutos de Asistencia Técnica (IATs) y escribanos, a los efectos de declarar la cuenta bancaria donde se procederá a transferir los avances de obra y honorarios.
Es el trámite que pueden realizar los titulares de promesas o de hipotecas y las cooperativas con saldo pendiente en la ANV para realizar la declaración jurada del IRPF.
Es el trámite que debe realizar la cooperativa para adjudicar a las familias, mediante sorteo, las viviendas que la conforman, siempre y cuando haya alcanzado y certificado el 90% de avance de obra. Los técnicos del IAT (con validación de la cooperativa) deberán cargar en la plataforma web la documentación que figura en requisitos, al menos 30 días previo a la fecha prevista para el sorteo de las viviendas.
Al finalizar las obras, la cooperativa puede presentar nota solicitando la devolución de las retenciones, contra la presentación de los requisitos que figuran debajo, según sea usuarios o propietarios.
Una vez que las viviendas están finalizadas se labrar un Acta de finalización provisoria de obra, con las condiciones técnicas de habitabilidad, implicando todos los servicios conectados y en condiciones de ser habilitadas por los organismos públicos.
Es el trámite que debe realizar una cooperativa cuando alcanza los tres meses de obra a partir de la fecha del acta de inicio, tiene un avance menor al 99% y no haya iniciado el proceso de amortización del préstamo.
Es el trámite que debe realizarse durante el desarrollo de la obra de la cooperativa.
Es el trámite que marca el comienzo oficial de la construcción de la cooperativa, las condiciones en las que se inicia la obra y los compromisos de las partes involucradas.
Es un trámite que se realiza para conocer los saldos de las viviendas que integran la cooperativa.
Es el trámite mediante el cuál el cooperativista podrá solicitar una refinanciación, cuando incurra en un nuevo atraso.
Se trata de un trámite destinado a cooperativistas que no tienen suficiente capacidad de pago para solventar la cuota de su vivienda.
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