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Fachada de casa central

Sobre la ANV

La Agencia Nacional de Vivienda (ANV), fue creada en el año 2007 como organismo descentralizado y forma parte del Sistema Público de Vivienda (Ley N° 18.125).

Tiene por finalidad promover y facilitar el acceso y permanencia en la vivienda, así como contribuir a la elaboración e implementación de las políticas públicas de vivienda, atendiendo los aspectos económicos, sociales y medioambientales.

Esto se logra a través de la comercialización de inmuebles, la gestión de cooperativas, la recuperación de estructuras abandonadas y remates públicos. También brinda herramientas que facilitan el financiamiento de la vivienda al tiempo que incentiva la construcción a través de la Ley N° 18.795 de inversión privada en viviendas promovidas.

La implementación y ejecución de estas políticas y programas de vivienda han logrado que miles de familias puedan transformar en realidad el derecho a la vivienda.

  • Misión

    Promover y facilitar el acceso universal a la vivienda así como la permanencia de las familias en las mismas, contribuyendo a la elaboración e implementación de las políticas públicas en materia de hábitat urbano que fijen en sus respectivos ámbitos el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial y los gobiernos departamentales.

    Administrar activos provenientes de créditos para la vivienda, gestionar fideicomisos y brindar servicios técnicos, conviniendo con otros organismos públicos o privados en el marco de sus competencias.

    Potenciar el aprovechamiento del stock de viviendas financiado por el Estado, así como las tierras de su propiedad.

  • Visión

    Ser una entidad que cuente con las capacidades necesarias para actuar, con calidad y eficiencia, en la ejecución de políticas y programas de hábitat urbano definidos por las autoridades nacionales y departamentales, integrando las dimensiones económicas, sociales y medioambientales.

    Contribuir a la definición de políticas y programas en materia de hábitat urbano, a través del conocimiento adquirido a partir de los diversos emprendimientos que implementa.

    Buscar la mejora continua de sus servicios a través de la evaluación, la adecuación de los productos que ofrece y el desarrollo de nuevas iniciativas en conjunción con otras entidades públicas, actores del sector privado y la sociedad civil.

    Contar con personas comprometidas con los objetivos de la institución y los valores de la función pública, promoviendo la igualdad de oportunidades y derechos tanto en el ámbito interno como en las tareas que desarrolle en el medio.

Principales cometidos:

  • Ejecutar programas de vivienda y desarrollo urbano con entidades públicas y privadas.
  • Desarrollar y gestionar instrumentos que faciliten el acceso al financiamiento de la vivienda.
  • Actuar en el mercado inmobiliario como inversionista y gestor de emprendimientos en áreas urbanas.
  • Administrar activos de cartera de créditos para la vivienda con directivas del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT), y gestionar nuevos créditos subsidiados para la vivienda otorgados por dicho ministerio.
  • Gestionar, en carácter de Agente fiduciario, los Fideicomisos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), constituidos con la cartera de activos transferidos desde el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU).
  • Brindar servicios técnicos a todos los Organismos Públicos interesados.
  • Brindar servicios de ventanilla en el interior del país para el MVOT y el BHU.

Valores institucionales:

  • Honestidad – Actuar de buena fe en el desempeño de las funciones, sin sacar especial provecho para sí o para terceros.
  • Lealtad – Desempeñar las funciones basándose en las atribuciones y obligaciones funcionales, regidas por la rectitud de su ejercicio.
  • Respeto - Respetar a los demás funcionarios y a las personas con quienes debe tratar en su desempeño funcional y evitar toda clase de desconsideración.
  • Imparcialidad - Conferir igualdad de tratamiento en igualdad de situaciones.
  • Transparencia - Los actos, documentos y demás elementos relativos a la función pública pueden ser divulgados libremente, salvo que por su naturaleza deban permanecer reservados o secretos o hayan sido declarados como tales.
  • Probidad - Observar una conducta honesta, recta e íntegra y desechar todo provecho o ventaja de cualquier naturaleza.