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Firma de acta de inicio de obra
Categoría
Oficina
Secretaría Programas Habitacionales
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¿Qué es?

Es el trámite que marca el comienzo oficial de la construcción de la cooperativa, las condiciones en las que se inicia la obra y los compromisos de las partes involucradas.

Requisitos

Para firmar el acta de inicio se deben presentar los siguientes documentos: (link)

  • Registro de obra en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
  • Registro de obra en Banco de Previsión Social
  • Constancia expedida por ingeniero agrimensor de obra bien ubicada y emplazada
  • Acta de asamblea donde el IAT informa y se toma conocimiento de las normas de seguridad e higiene en la construcción
  • Comunicación de la designación del director de obra
  • Acta notarial de medianería (si corresponde)
  • Certificado de regularidad

Nota: todos los documentos presentados deben estar firmados por el presidente y secretario de la cooperativa y por los técnicos de los IATs.

¿Cómo se hace?
  1. La firma del acta de inicio de obre se debe coordinar con el arquitecto certificador asignado, a quien se deberá entregarle los documentos que figuran en requisitos.
  2. Luego de proceder a la escritura, la cooperativa deberá presentar la nota de cesión de honorarios, acompañada de certificación notarial de firmas, en la Secretaría Programas Habitacionales o en la dependencia correspondiente. Allí se generará un expediente electrónico que será derivado a los Departamentos Créditos a Cooperativas y Presupuesto.
     
¿Dónde y cuándo se realiza?

En Montevideo:

  • Secretaría Programas Habitacionales
  • Dirección: Cerrito 400, segunda planta
  • Horario de atención: lunes a viernes de 11:00 a 16:00hs.

En el interior:

Tener en cuenta

Se sugiere que a medida que avanza la obra, se vaya calculando los intereses generados y la posible cuota de amortización resultante. Para eso, están disponibles dos simuladores: de cálculo de intereses y de cálculo de cuota (link)