Es el trámite que marca el comienzo oficial de la construcción de la cooperativa, las condiciones en las que se inicia la obra y los compromisos de las partes involucradas.
Para firmar el acta de inicio se deben presentar los siguientes documentos: (link)
- Registro de obra en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
- Registro de obra en Banco de Previsión Social
- Constancia expedida por ingeniero agrimensor de obra bien ubicada y emplazada
- Acta de asamblea donde el IAT informa y se toma conocimiento de las normas de seguridad e higiene en la construcción
- Comunicación de la designación del director de obra
- Acta notarial de medianería (si corresponde)
- Certificado de regularidad
Nota: todos los documentos presentados deben estar firmados por el presidente y secretario de la cooperativa y por los técnicos de los IATs.
- La firma del acta de inicio de obre se debe coordinar con el arquitecto certificador asignado, a quien se deberá entregarle los documentos que figuran en requisitos.
- Luego de proceder a la escritura, la cooperativa deberá presentar la nota de cesión de honorarios, acompañada de certificación notarial de firmas, en la Secretaría Programas Habitacionales o en la dependencia correspondiente. Allí se generará un expediente electrónico que será derivado a los Departamentos Créditos a Cooperativas y Presupuesto.
En Montevideo:
- Secretaría Programas Habitacionales
- Dirección: Cerrito 400, segunda planta
- Horario de atención: lunes a viernes de 11:00 a 16:00hs.
En el interior:
- En cualquiera de nuestras dependencias en sus horarios de atención
Se sugiere que a medida que avanza la obra, se vaya calculando los intereses generados y la posible cuota de amortización resultante. Para eso, están disponibles dos simuladores: de cálculo de intereses y de cálculo de cuota (link)