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Cartel Plan UR

Plan UR (Ley N° 20.237)

El Plan UR es la puesta en marcha de la Ley N° 20.237 que establece beneficios para facilitar el pago de saldos pendientes a los titulares de créditos en Unidades Reajustables (UR) anteriores a 2009.

Requisitos para acceder a los beneficios

  • Ser persona física titular de un crédito en UR.
  • El crédito debe estar vigente y haber sido destinado para vivienda propia.
  • El monto del crédito original no debe haber superado los USD 80.000 a la fecha de su otorgamiento.
  • El crédito debe haber sido asumido antes del 1° de enero de 2009.
  • Estar al día en los tributos nacionales y departamentales sobre el inmueble.

> Todos los titulares que abonen la cuota a través de Sistarbanc o redes de cobranza deberán aclarar que el pago corresponde a un crédito de la ANV.

¿Cuáles son los beneficios?

El  plan ofrece tres tipos de beneficios según la antigüedad del crédito.

Extinición del crédito

Para acceder a la extinción del crédito es necesario cumplir acumulativamente con las siguientes condiciones:

  • El crédito del actual titular debe tener 40 años o más.
  • En los últimos 10 años se hayan realizado al menos 110 pagos.
  • El saldo del crédito debe ser igual o inferior al 65% del capital adeudado al momento de la asunción del crédito por el titular actual.
  • Que se firme en un plazo de dos años* la escritura de cancelación de hipoteca o de compraventa del inmueble.

*El inicio del plazo será comunicado oportunamente por la ANV.

Reducción de la tasa de interés al 0%

Este beneficio se aplica a créditos asumidos antes del 31 de diciembre de 1993. Es decir que el crédito del actual titular debe tener 30 años o más de antigüedad. 

Reducción de la tasa de interés al 2,5%

Este beneficio se aplica a créditos asumidos entre el 1° de enero de 1994 y el 31 de diciembre de 2008. Es decir que el crédito del actual titular debe tener entre 16 y 30 años de antigüedad. Aquellos créditos que en la actualidad cuentan con una tasa por debajo del 2,5%, mantendrán la tasa más beneficiosa.

¿Cómo saber si el titular aplica al beneficio?

   El titular que cuente con una identidad digital podrá consultar si accede o no al beneficio. La fecha prevista por la ley para la publicación de los beneficiarios es el 18 de octubre de 2024.

Para ello deberá:

  1. Contar con un usuario gub.uy (click aquí).
  2. Elevar usuario gub.uy a nivel intermedio (click aquí).
  3. Tener la autenticación en dos pasos. Para ver guía (click aquí).
  4. Actualizar la información de contacto en la base de datos de la ANV (click aquí).

Contacto

En Montevideo, quienes deseen realizar trámites asociados a sus créditos en UR deberán solicitar agenda previa a la casilla ley20237@anv.gub.uy. El mail deberá incluir número de contacto, datos del crédito y foto de la cédula de identidad del titular.
En el resto del país, los titulares deberán dirigirse personalmente a las dependencias en el horario de 13 a 17 horas.

Preguntas frecuentes

No. Los beneficios previstos en la ley reducirán los plazos para terminar de pagar el crédito, pero se mantendrá sin cambios el valor de la cuota.

Desde la aplicación de la ley, si no se pagan tres cuotas seguidas se perderá la posibilidad de acceder a los beneficios y se volverá al régimen anterior. 

El titular de créditos en UR que cuente con una identidad digital podrá consultar si accede o no al beneficio. La fecha prevista por la ley para la publicación de los beneficiarios es el 18 de octubre de 2024.

Puede oponerse a través de un trámite en línea que estará disponible en nuestro sitio web oportunamente.

Sí.  Las personas  tendrán la opción de expresar su deseo de rechazar el beneficio. Tiene 20 días de corrido para notificar su decisión de rechazarlo.  Si no se notifica dentro de este plazo, se le aplicará el beneficio automáticamente.

No. Las modalidades de pago se mantienen incambiadas. Además se van a sumar las redes de cobranza de la ANV. Por más información click aquí

ID Uruguay es un sistema que permite, mediante una única cuenta, acceder a todos los trámites y servicios digitales del Estado sin necesidad de nuevos registros ni contraseñas adicionales.

  1. Ingresar en el botón “Iniciar trámite en línea”.
  2. Completar los datos requeridos y aceptar los Términos y Condiciones y la Política de Privacidad.
  3. El sistema envía un mail a la cuenta de correo electrónica ingresada para poder activar el usuario gub.uy generado.

En la pestaña de Seguridad, en la sección Verificación en dos pasos, hacer clic en el botón Activar. Se mostrará un QR para leer con la app de autenticación. Una vez leído el código, en la app se mostrará un código de 6 dígitos para ingresar en Usuario gub.uy.

Si te registraste con Cédula de Identidad Uruguaya, tu Usuario gub.uy es el número del documentos sin puntos ni guiones.