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Preguntas frecuentes - Programa de Ahorro Joven para Vivienda
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¿Qué requisitos debo cumplir para poder obtener el beneficio económico?

En primer lugar, para poder acceder al beneficio económico debías inscribir una cuenta al programa antes del 31 de diciembre de 2018 (fecha de cierre de inscripciones), cumpliendo todos los requisitos de entrada (edad entre 18 y 29 años, trabajador formal y cuenta denominada en moneda nacional) y de depósitos. La ley estipula que deben realizarse como mínimo 18 depósitos en 18 meses (consecutivos o no) de al menos UI 500 cada uno de los depósitos.

No puede registrarse ningún retiro de la cuenta inscripta en el programa (cuenta vivienda), salvo el caso de que los fondos fueran a utilizarse para concretar la obtención del contrato de titularidad de la solución habitacional. Igualmente, se establece un plazo entre que se retiran los fondos de la cuenta y que el titular concurre a la ANV para presentar los comprobantes requeridos para probar el acceso a una solución habitacional.

Una vez que cumplas con los requisitos de depósitos debés ser titular de una solución habitacional. Las soluciones habitacionales que se permiten en este programa son las siguientes: ser titular de un contrato de alquiler, de una compraventa o promesa de compraventa, ser beneficiario de alguno de los programas de vivienda de ANV o el MVOT (cooperativas, compra de vivienda nueva o usada, programa de refacción).

El contrato que acredite la titularidad de la solución habitacional debe ser de fecha posterior al retiro de los fondos de la cuenta. Debés presentarte en la ANV con el último estado de cuenta y la documentación que acredite la titularidad de la solución habitacional en el plazo estipulado.


¿Cuál es el plazo para solicitar el beneficio económico?

Si tu solución habitacional es un alquiler, tenés 60 días (contados a partir de que retirás los ahorros de la cuenta) para presentarte en la ANV con toda la documentación requerida, mientras que para el caso de compra u otra solución habitacional tenés 120 días. En caso de que necesites más tiempo, diez días antes de que finalice el plazo, puedes comunicarte con la ANV, a los efectos de solicitar una prórroga.


¿Qué quiere decir ser titular de una solución habitacional?

  • Ser titular de una solución habitacional quiere decir:
  •  Haber comprado a tu nombre una vivienda o un terreno (titular de contrato de compraventa o promesa).
  •  Haber alquilado una casa o un apartamento para vivir (titular de contrato de alquiler).
  •  Ser beneficiario de alguno de los programas de vivienda de ANV o el MVOT (cooperativas, compra de vivienda nueva o usada, Programa de refacción).
  • No alcanza con tener una vivienda “en vista” o en trámite. Para acceder al beneficio económico se debe haber concretado el contrato que acredita la titularidad (por ej: haber firmado el contrato de alquiler). Dicho contrato debe ser de fecha posterior al retiro de los fondos de la cuenta. Los pasos serían los siguientes:
  • Elegir el banco adherido para inscribir la cuenta vivienda.
  • Ahorrar durante al menos 18 meses por lo menos 18 depósitos de UI 500.
  • Buscar la vivienda o terreno para comprar o alquilar.
  • Retirar el ahorro con la finalidad de concretar la compra o el alquiler de la vivienda.
  • Una vez que se haya firmado el contrato correspondiente (a tu nombre) concurrir a la ANV a solicitar el pago del beneficio, con el contrato y el estado de cuenta del banco del último mes.

Si tengo un terreno en el que voy a construir una vivienda, ¿se considera una solución habitacional?

El programa establece que puede cobrar el beneficio si usa el ahorro para la compra de un terreno. La compra de un terreno se considera una solución habitacional. La reglamentación sólo permite hacer refacciones o construcción si se utiliza con un programa de construcción/refacción del MVOT, solo así podrá cobrar el beneficio. Si el terreno ya es tuyo, la construcción de una vivienda sólo se considera solución habitacional si es en el marco de un programa del MVOT. No se admitirá cobrar el beneficio si la refacción o la construcción las haces por tu cuenta o con un préstamo de otra institución.


Si me mudo con otras personas, ¿todos podremos cobrar el beneficio económico?

El Decreto Reglamentario estipula que para una misma solución habitacional (esto es, el mismo contrato de alquiler, la misma escritura, promesa, etc.) puedan cobrar el beneficio hasta dos personas. Ambas personas deben figurar en el contrato y cumplir los requisitos de depósitos que exige el Programa. En caso de que la solución habitacional esté a nombre de más de dos personas que cumplen las condiciones para cobrar el beneficio, los titulares del contrato deben elegir dos personas para cobrarlo.


¿Cómo calculo el beneficio que puedo obtener?

El beneficio económico se calcula 30% del saldo final computable. El saldo final computable se determina como la suma de todos los depósitos registrados desde la inscripción de la cuenta al programa y hasta el 4º año de vigencia del programa o el retiro de los fondos para aplicarlos a una solución habitacional, lo que ocurra primero. El máximo monto mensual computable es de UI 750.

El programa entró en vigencia a partir del 17 de setiembre del 2014.

En base a la normativa vigente, la inscripción de cuentas a este programa, finalizó el 31 de diciembre de 2018 teniéndose en consideración lo siguiente:

Hasta el 30 junio de 2020 se podrán realizar depósitos que computen para el cumplimiento de la cantidad requerida por la ley, así como para el cálculo del beneficio económico.

 Hasta el 17 de setiembre de 2020 tendrás tiempo de solicitar el beneficio económico.


 Ya tengo una cuenta abierta que tiene más de 18 depósitos, ¿esos depósitos computan para cumplir con los requisitos de depósito?

No, el cálculo de los meses se realiza a partir de que inscribes la cuenta al programa, por lo tanto, el cumplimiento de todos los requisitos se computa a partir de que inscribes la cuenta, sin tomar en cuenta los depósitos o plazos que tengas antes.

¿Qué es la Unidad Indexada (UI)?

Es una unidad de valor, que se ajusta diariamente de acuerdo al Índice de Precios al Consumo (IPC). El INE publica los primeros días de cada mes los valores de la U.I. para todo el mes, por lo que puedes consultar las cotizaciones